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Tribunal Administrativo de Antioquia suspende decreto que aceptó la renuncia del gerente del Hospital de Andes

  • conexiónsur
  • hace 1 hora
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El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó suspender provisionalmente los efectos del decreto mediante el cual la Alcaldía de Andes aceptó la renuncia del gerente de la E.S.E. Hospital San Rafael, Luis Fabián Otero López, al considerar que existen indicios de que el mensaje en el que se sustentó la dimisión pudo haber sido enviado por un tercero que accedió a la cuenta de correo electrónico institucional de la gerencia.


La decisión, adoptada por la Sala Quinta del tribunal el 9 de marzo de 2026, revocó un auto de primera instancia del Juzgado Noveno Administrativo Oral de Medellín que había negado la medida cautelar solicitada por el demandante dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.


El caso se remonta al 6 de junio de 2025, cuando desde el correo institucional de la gerencia del hospital fue enviado un mensaje dirigido al despacho del alcalde con un archivo adjunto que contenía una supuesta renuncia irrevocable al cargo. Tres días después, el alcalde de Andes expidió el Decreto 068 de 2025 aceptando la dimisión.


Sin embargo, Otero López aseguró que nunca presentó renuncia y sostuvo que su cuenta institucional había sido objeto de un acceso irregular. Según el proceso judicial, un reporte técnico del área de sistemas del hospital señala que ese mismo día el sistema de seguridad de la cuenta detectó un ingreso desde un nuevo dispositivo y, minutos después, se envió el correo con la carta de renuncia, que posteriormente fue eliminado de la bandeja de enviados y de la papelera, aunque logró ser recuperado por personal técnico.


Para el tribunal, estos elementos constituyen indicios suficientes para considerar, de manera preliminar, que la renuncia pudo no haber reflejado la voluntad real del funcionario, requisito esencial para que este tipo de dimisiones tenga validez jurídica.


Conozca la medida cautelar de suspensión provisional, aquí:



En el fallo se advierten inconsistencias en el trámite administrativo, entre ellas la existencia de una constancia de radicación física del documento en el mismo día del supuesto envío del correo, situación que no coincide con lo señalado en el decreto que aceptó la renuncia. Además, el tribunal tuvo en cuenta que el cargo de gerente de una Empresa Social del Estado es de periodo institucional de cuatro años, por lo que un retiro irregular podría generar perjuicios difíciles de reparar si el proceso judicial se prolonga.


En consecuencia, la corporación ordenó suspender provisionalmente los efectos del Decreto 068 de 2025 y del oficio mediante el cual la Alcaldía de Andes negó posteriormente la revocatoria directa del acto administrativo. La medida es de carácter cautelar y no constituye una decisión definitiva sobre el fondo del caso. El proceso judicial continuará mientras se determina si la renuncia fue realmente presentada por el entonces gerente o si se trató de una actuación irregular derivada del presunto acceso no autorizado a su cuenta institucional.


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