Juzgado niega suspensión provisional en caso por presunta falsa renuncia del exgerente del Hospital de Andes
- conexiónsur
- hace 6 dĆas
- 3 Min. de lectura

El Juzgado Noveno Administrativo Oral de MedellĆn negó la solicitud de suspensión provisional del Decreto 068 del 9 de junio de 2025, mediante el cual la AlcaldĆa de Andes aceptó la renuncia de Luis FabiĆ”n Otero López al cargo de gerente de la ESE Hospital San Rafael. La decisión se produjo tras analizar la petición presentada dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que adelanta el exgerente contra el municipio.
El directivo Otero solicitó que se suspendan temporalmente los efectos del decreto argumentando que nunca presentó una renuncia y que el documento que llegó a la alcaldĆa habrĆa sido enviado desde un correo institucional presuntamente hackeado. SegĆŗn la demanda, este hecho configurarĆa una falsa motivación en el acto administrativo que, a su vez, habrĆa vulnerado su derecho al trabajo, la estabilidad en un cargo de periodo fijo y la confianza legĆtima derivada de su designación para el periodo 2024ā2028.
La alcaldĆa, que se opuso a la medida cautelar, seƱaló que no existe prueba alguna que permita afirmar que el correo institucional fue vulnerado o que la renuncia recibida no correspondĆa al funcionario. De acuerdo con la contestación, el informe tĆ©cnico citado por la parte actora Ćŗnicamente registra intentos de ingreso a la cuenta institucional y el posterior cambio de contraseƱa, pero no concluye que hubiera un acceso indebido ni que la renuncia fuese fraudulenta. El municipio alegó ademĆ”s que el alcalde actuó conforme a la ley y bajo el principio de buena fe al tramitar la renuncia recibida.
Tras revisar de forma preliminar los documentos aportados, el despacho judicial concluyó que en esta etapa inicial del proceso no es posible considerar evidente, ostensible o manifiesta una infracción al ordenamiento jurĆdico que justifique la suspensión provisional. SeƱaló que las apreciaciones sobre la supuesta falsa motivación y la discusión sobre la validez del acto administrativo requieren un anĆ”lisis probatorio que solo podrĆ” realizarse durante el trĆ”mite del proceso y no en sede cautelar.
Conozca la medida cautelar en:
El juzgado recordó que los actos administrativos gozan de presunción de legalidad y que la medida cautelar solo procede cuando el juez, mediante un cotejo directo entre el acto demandado y las normas presuntamente vulneradas o a partir de los documentos aportados, encuentra una violación clara. En este caso, la solicitud no cumplió ese estÔndar.
La decisión tambiĆ©n tuvo en cuenta que resolver de manera anticipada podrĆa limitar el derecho de defensa de la administración municipal, que aĆŗn debe participar en las etapas probatorias y exponer sus argumentos dentro del proceso de nulidad.
En consecuencia, la jueza Francy Elena RamĆrez Henao resolvió negar la medida cautelar y reconoció personerĆa al abogado que representa al municipio de Andes. El proceso continuarĆ” con las etapas propias del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, en las que se definirĆ” si la renuncia fue vĆ”lida o si existió una irregularidad que afectó la permanencia del exgerente en el cargo.
Conexión Sur se puso en contacto vĆa WhatsApp con el alcalde de Andes, GermĆ”n VĆ©lez Orozco, y con el directivo Luis Fernando Otero para conocer sus posturas frente a la medida cautelar. Otero informó que presentarĆ” recursos de reposición y apelación, mientras que, por parte del mandatario, no se obtuvo respuesta al momento de la publicación de este informe.
Conexión Sur, conectados con la noticia.

